Los magistrados dijeron que la multa no era acorde a la individualización de la sanción, derivada de la difusión de más de 240 mil espots de informes de legisladores, con base en los cuales se hizo una exposición excesiva del Partido Verde.
Los integrantes de la Sala Superior, cuyas decisiones son inapelables y definitivas, no debatieron el punto; el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador fue interpuesto por el Partido Verde para revertir la sentencia dictada por la Sala Regional, la cual impuso una sanción consistente en la reducción de 50 por ciento de la ministración mensual.