SAT amplía plazo para presentar contabilidad electrónica

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La dependencia detalló que la información relativa al catálogo de cuentas con código agrupador y balanza de comprobación de enero de 2015 podrá enviarse a más tardar los días 3 o 7 de abril para personas morales o físicas, respectivamente. Esto es en la misma fecha de vencimiento del envío de información correspondiente a febrero de 2015.

En lo que se refiere a las pólizas y auxiliares de cuenta, deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio, para entregarlas, cuando el SAT las requiera, con posteridad al 3 o 7 de septiembre de 2015, según corresponda a personas morales o físicas, respectivamente.

“Cabe señalar que la información de las pólizas a las que se hace referencia se envía sólo cuando el SAT necesita verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones”, detalló la autoridad hacendaria.

Este plazo se acordó luego de un análisis que realizó el SAT con diversos agentes económicos como la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, el Consejo Coordinador Empresarial, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, la Asociación Mexicana de la Industria de Tecnología de la Información y la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación.

En los próximos días serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación las reglas para la presentación de la información contable en las fechas señaladas.

El SAT informó que los desarrolladores de sistemas de contabilidad electrónica agilizarán sus trabajos para ofrecer a los contribuyentes alternativas para cumplir con esa obligación en los próximos meses.