Subrayó además la parcialidad que ha asumido el INE en este tema, porque mientras que al recibir la queja del periodista Joaquín López Dóriga contra el spot del PRD tomó medidas cautelares en 12 horas; le llevó 3 días resolver la solicitud de los representantes de cuatro partidos de suspender la transmisión de promocionales de la senadora Ninfa Salinas, del Partido Verde, en relación a la aprobación de los vales de medicinas.
El coordinador perredista precisó que al no ponerle un alto a la estrategia de difusión del Verde, el INE no está tomando en cuenta los criterios ya establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación a la interpretación constitucional del párrafo octavo del artículo 134 constitucional y al contenido del párrafo 5 del artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Alonso Raya indicó que la SCJN al resolver acciones de inconstitucionalidad sobre este tópico ha determinado que “ni a propósito del informe anual de labores o de gestión de los servidores públicos, ni con motivo de los mensajes para darlos a conocer, puede eludirse la prohibición de influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos, ni la de incluir en dicha propaganda nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público, pues en consonancia con el contexto de los párrafos séptimo y octavo del artículo 134 constitucional…se deduce que la rendición anual de cuentas también está vinculada a la observancia de las mismas limitaciones que permanentemente tiene toda la propaganda gubernamental”.
El diputado perredista refirió también otra resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que no está considerando el órgano electoral, vinculada al numeral 5 del artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
En lo relativo a los informes de los servidores públicos, citó Alonso Raya, la Sala Superior resolvió que “la difusión de mensajes de esta naturaleza únicamente deberá realizarse en el ámbito geográfico de responsabilidad de los servidores públicos, ya que la intención del legislador era evitar, en todo momento, la promoción personalizada de los servidores públicos; en específico, el uso de los mecanismos de comunicación social para difundir su imagen individualizada; es decir, evitar la sobreexplotación territorial fuera de su ámbito regional de responsabilidad”.
En síntesis, concluyó Alonso Raya, hay una sospechosa tolerancia del INE a la ilegal y multimillonaria campaña de difusión en radio, televisión, cine, espectaculares, entre otros espacios, del PVEM, que cuenta con el respaldo del gobierno y que está generando condiciones electorales inequitativas.