Pide IFAI explicar a PGR falta de datos de muerte de El Macho Prieto

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Esta información fue requerida a la Procuraduría General de la República (PGR), que contestó que estaba reservada por 12 años. Sin embargo, luego de la inconformidad interpuesta por el solicitante ante el IFAI, el sujeto obligado informó que tras buscar en sus archivos, no localizó documentos que puedan confirmar la muerte o identidad del presunto delincuente.

El IFAI indicó que dicha manifestación contradice lo que comunicó laComisión Nacional de Seguridad, el 19 de diciembre de 2013, sobre un operativo de la Policía Federal en el cual El Macho Prieto pudo haber muerto.

Dicha instancia informó que los resultados de pruebas genéticas hechas a la sangre derramada en el lugar identificaron a Inzunza, aunque su cadáver no fue localizado.

En el análisis, el comisionado ponente Joel Salas Suárez indicó que no es posible clasificar información que no existe y que, además, no hay constancia de que el Comité de Información de la PGR haya emitido resolución fundada y motivada de dicha inexistencia, lo que implica que se emitió un comunicado oficial sin la evidencia para respaldarlo.

El comisionado Joel Salas también llamó la atención sobre otra incongruencia relacionada con el caso, pues el Informe 2014 sobre tortura en México de Amnistía Internacional documenta el caso de Adrián Vázquez Lagunas, detenido por la Secretaría de Seguridad Pública de Baja California en Tijuana el 26 de septiembre de 2012.

Según este informe, esta persona también fue identificada como “El Macho Prieto”, torturado luego de su detención y acusado de delitos relacionados con armas de fuego y drogas.

El informe indica que luego de dos años, Adrián Vázquez sigue en prisión y su caso no ha sido resuelto, pese a que el gobierno federal ya informó sobre la presunta muerte de “el Macho Prieto”.

El IFAI recordó que la PGR es el cuarto sujeto obligado con más recursos de revisión interpuestos ante el IFAI, reveló el comisionado Salas, por lo que debe mejorar y garantizar la apertura y el principio de máxima publicidad.

Señaló que son elementos fundamentales para que los ciudadanos conozcan y evalúen las decisiones y acciones del gobierno para combatir el crimen organizado.

“Es necesario que los sujetos obligados realicen acciones puntuales, como son la generación de información confiable y transparente sobre sus decisiones, los resultados de sus actividades y el apego a los derechos fundamentales de los mexicanos”, afirmó el comisionado Salas.

Por lo anterior, el Pleno del IFAI revocó que la respuesta de la PGR y le instruyó a emitir por conducto del titular de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) una resolución fundada y motivada, mediante la cual se confirme la inexistencia de la información requerida y entregar al particular el acta correspondiente.